El Tribunal Supremo ha marcado un criterio clave para los trabajadores interinos de la Administración Pública. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 14 de abril de 2026, el alto tribunal abre una vía para que algunos empleados temporales puedan convertirse en fijos, aunque deja claro que esta posibilidad no alcanzará a todos.
Qué interinos podrán ser fijos tras aprobar una oposición sin plaza
La Sala de lo Social del Supremo establece una excepción concreta. Podrán adquirir la condición de trabajadores fijos quienes hayan aprobado una oposición o un proceso selectivo ajustado a los principios de igualdad, mérito y capacidad, aunque no lograran plaza por falta de vacantes.
¿Entonces basta con haber sido interino durante años? No. La clave está en haber superado previamente un proceso selectivo. Según la sentencia, si después de aprobar ese examen la Administración sigue recurriendo a contratos temporales de manera abusiva, la conversión en fijo “no resulta contraria a la ley”.
En estos casos, el Supremo entiende que el trabajador ya demostró su capacidad para acceder al empleo público. Por tanto, la fijeza puede actuar como una medida reparadora frente al abuso de temporalidad. Dicho de forma sencilla: no se trata de regalar una plaza, sino de corregir una situación irregular cuando ya se cumplió con el acceso por mérito y capacidad.
| Situación del trabajador interino | Posible consecuencia según el Supremo |
|---|---|
| Aprobó una oposición o proceso selectivo sin obtener plaza | Podría ser declarado fijo si hubo abuso de temporalidad |
| Nunca aprobó una oposición | No podrá acceder a la fijeza automática |
| Encadenó contratos temporales de forma abusiva | Podría recibir una compensación económica u otras medidas |
Esta distinción es importante porque el tribunal busca equilibrar la protección del trabajador con las reglas de acceso al empleo público.
El caso de la trabajadora que cambió la doctrina del Supremo
La resolución nace del caso de una trabajadora de un centro educativo público de la Comunidad de Madrid que llevaba desde 2016 encadenando contratos temporales.
En 2023 fue reconocida como indefinida no fija, una figura habitual en la Administración. Sin embargo, el TJUE considera que esta solución no basta para sancionar de forma adecuada el abuso de temporalidad.
El punto decisivo llegó en 2025, cuando la empleada aprobó una oposición, aunque no consiguió plaza por la nota de corte. A partir de ese momento, el Supremo entiende que sí concurren los requisitos para declarar fija su relación laboral.
Por qué el Supremo rechaza la fijeza automática para todos los interinos
El Supremo también lanza un mensaje claro: quienes nunca aprobaron una oposición no podrán convertirse automáticamente en fijos.
El tribunal considera que esa solución vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público, al romper los principios de igualdad, mérito y capacidad. En estos casos, la reparación del abuso deberá buscarse por otras vías.
Entre las medidas que plantea la sentencia se encuentran:
- Indemnizaciones económicas por el abuso de temporalidad.
- Posibles sanciones administrativas a la Administración responsable.
- Valoración de la duración de los contratos, las renovaciones y el perjuicio económico sufrido.
Además, el Supremo recoge el criterio del TJUE, que cuestiona que los límites actuales de 20 o 33 días por año trabajado sean suficientes y disuasorios.







