La Junta eleva a 80 millones la dotación del aval de primera vivienda en Andalucía para personas de hasta 40 años

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Fecha de publicación: 3 de octubre de 2026
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Una pareja sentada entre cajas de mudanza; ella muestra las llaves de una vivienda.

El aval de primera vivienda en Andalucía incorpora 25 millones desde el anuncio del 22 de septiembre. La tasación puede limitar el préstamo y los impuestos quedan fuera.

La Junta de Andalucía anunció el 22 de septiembre de 2026 que añadía 25 millones de euros al Programa Garantía Vivienda Andalucía. La dotación acumulada pasa de 55 a 80 millones, un aumento del 45,5 %. El instrumento está dirigido a quienes compren su primera vivienda habitual y tengan hasta 40 años incluidos al solicitarlo. Según la Junta, más de 3.000 jóvenes ya se han beneficiado. La ampliación refuerza el fondo de garantías; no es un pago directo al comprador.

El aval de primera vivienda en Andalucía cubre hasta el 20 %

La Junta garantiza únicamente la parte del préstamo que supera el 80 % del precio de referencia, hasta un máximo del 20 %. Ese precio es el menor entre el importe de compraventa y la tasación. Si el banco aprueba la operación, la hipoteca puede llegar al 100 % de ese valor de referencia. La garantía responde del capital principal, sin cubrir intereses, comisiones ni gastos. Su constitución y mantenimiento tienen una comisión del 0 %.

En una compra y tasación de 200.000 euros, un préstamo aprobado por esa cuantía tendría hasta 40.000 euros de principal avalado. Si la vivienda cuesta 200.000 euros, pero se tasa en 190.000, la financiación bajo este programa podría alcanzar como máximo 190.000. El comprador necesitaría cubrir los 10.000 euros de diferencia, además de impuestos y gastos de adquisición. Es distinto de una ayuda para comprar vivienda, que puede consistir en una subvención y tiene requisitos propios. Los 80 millones son dotación del programa, no dinero repartido entre solicitantes.

Quién puede solicitarlo y qué viviendas cumplen los límites

Las bases vigentes en Andalucía incluyen a personas mayores de edad de hasta 40 años, incluidos los que ya han cumplido 40. Si compran varias personas, basta con que una cumpla el límite de edad; todas deben reunir los demás requisitos. Se exige empadronamiento en un municipio andaluz y no tener pleno dominio ni derecho de uso o disfrute sobre otra vivienda en España. Hay excepciones, entre ellas una participación heredada no superior al 50 % y determinados divorcios sin atribución del uso de la casa familiar.

La vivienda puede ser nueva o usada, pero debe estar en Andalucía y destinarse a residencia habitual durante al menos dos años. Se admiten causas justificadas para mudarse antes, como un traslado laboral. El precio de referencia no puede superar 295.240 euros, con un límite de 354.288 euros si la vivienda tiene calificación energética A o B. Para una vivienda protegida también rigen sus requisitos específicos. Estos topes se aplican al menor entre precio y tasación, por lo que una valoración inferior puede reducir el préstamo posible.

La dotación crece un 45,5 % respecto a marzo de 2026

El programa partió de 20 millones de euros en 2023. Una orden de diciembre de 2024 añadió 25 millones y elevó la dotación a 45. Otra de marzo de 2026 incorporó 10 millones, hasta 55. La ampliación comunicada el 22 de septiembre agrega 25 millones y sitúa el total en 80. La nueva aportación equivale al 45,5 % de la dotación previa y cuadruplica el importe inicial. La Junta atribuye el refuerzo a la demanda y a las peticiones de las entidades financieras colaboradoras.

La autorización del Consejo de Ministros del 15 de septiembre permite a Andalucía otorgar garantías por 20 millones durante 2026 y 10 millones durante 2027. Esos límites por ejercicio no son la misma magnitud que los 25 millones añadidos al fondo autonómico. Tampoco permiten deducir cuántas nuevas hipotecas se concederán: cada solicitud exige una evaluación bancaria y la concesión de la garantía. La cifra de más de 3.000 beneficiarios corresponde al balance comunicado por la Junta, no a una previsión de esta ampliación.

La solicitud se tramita en un banco colaborador

Quien quiera acceder al aval debe acudir a una de las entidades financieras colaboradoras. Allí presenta su documento de identidad, padrón, certificado negativo catastral, nota simple del Servicio de Índices y contrato de arras o preacuerdo. También debe declarar que destinará la casa a domicilio habitual. La entidad estudia la operación, autoriza el préstamo si procede y presenta la solicitud ante la Secretaría General de Vivienda en representación del interesado. La evaluación bancaria de la hipoteca sigue siendo decisiva.

La convocatoria para compradores se inició el 14 de septiembre de 2023. El comunicado del 22 de septiembre no anuncia un nuevo plazo de solicitud para particulares ni concreta la disponibilidad de cada entidad. Antes de firmar arras, interesa consultar la ficha oficial y preguntar al banco por su cupo. También hay que comparar la cuota hipotecaria con los ingresos disponibles y reservar fondos para tributos, gastos y diferencias entre precio y tasación. El aval facilita el acceso al crédito, pero el comprador sigue obligado a devolver íntegramente su préstamo.

Antonio David Cruz Colmenero

Antonio David Cruz Colmenero

Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y con el Máster de Profesorado de Secundaria y Bachillerato. Actualmente, me dedico al periodismo digital, donde cuento con 4 años de experiencia en redacción de contenidos relacionados con empleo, prestaciones/ayudas y trámites de la Seguridad Social y el SEPE.