Alcampo manda al paro a un empleado tras 36 años trabajando por robar cerveza y latas de callos: el Tribunal rechazó el recurso

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia avala el cese disciplinario tras ser interceptado con productos sin pagar y negarlo dos veces en Ferrol. La resolución, ligada a la sentencia 2191/2024, fija criterios sobre buena fe contractual.

El alto tribunal gallego confirma el despido procedente de un empleado de Alcampo en Ferrol (A Coruña) al que sorprendieron cuando se dirigía al vestuario con artículos del supermercado sin abonarlos. ¿La clave? La ocultación de productos entre el uniforme y la negativa reiterada ante el personal de seguridad.

Por qué el TSXG avala el despido y qué elementos consideró determinantes

La Sala respalda la carta de despido entregada el 17 de febrero de 2023 por transgresión de la buena fe contractual, conforme al artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores y al convenio de grandes almacenes. El tribunal subraya que, más allá de cómo se calificaran jurídicamente los hechos en la carta, lo decisivo fue lo probado: ocultación de artículos y paso al vestuario sin pagarlos.

El Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol ya había declarado el despido procedente. Valoró que las dolencias alegadas (cefaleas, migrañas, depresión y ansiedad en tratamiento) no afectaron a la capacidad cognitiva ni a la voluntad del trabajador. En consecuencia, la actuación no quedó justificada. ¿Qué significa esto para el día a día? Que los protocolos internos y los sistemas antirrobo cuentan.

A continuación, los puntos esenciales del caso, resumidos de forma práctica:

  • Empleado con contrato indefinido desde 1987 y salario mensual de 1.530,07 euros.
  • Hechos del 9 de febrero de 2023: el arco de alarma sonó al entrar al vestuario.
  • Productos ocultos en la chaqueta: cuatro latas de cerveza, una de callos, mermelada de ciruela y lecitina de soja.
  • Negativa en dos ocasiones cuando seguridad preguntó si llevaba artículos.
  • Carta de despido el 17 de febrero de 2023 por falta muy grave.
  • El TSXG confirma el despido como incumplimiento grave y culpable.

En román paladino, la buena fe contractual pesa: el tribunal recuerda que, en estos supuestos, no procede aplicar una graduación paulatina de la sanción.

Fechas clave del conflicto laboral y organismos que intervinieron oficialmente

Para situarse en la cronología y las instituciones implicadas, este es el resumen temporal del procedimiento y de quién actuó en cada fase:

FechaActuaciónÓrgano o parte interviniente
9 de febrero de 2023Interceptación tras sonar el arco y hallazgo de productos sin pagarPersonal de seguridad del centro
17 de febrero de 2023Entrega de carta de despido por falta muy graveEmpresa Alcampo
Sentencia que declara el despido procedenteJuzgado de lo Social nº 2 de Ferrol
— (sentencia 2191/2024)Confirmación del despido por incumplimiento grave y culpableTribunal Superior de Justicia de Galicia

Tras la decisión del TSXG, cabe recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

Qué implica para los trabajadores la doctrina sobre buena fe contractual

El pronunciamiento incide en un eje central del vínculo laboral: la confianza. La resolución cita que la buena fe contractual “se tiene o no se tiene”, de ahí que no sea aplicable la teoría gradualista cuando se vulnera de forma directa. Por tanto, si se acredita la ocultación de productos y la voluntad de pasarlos sin pagar, la sanción máxima puede resultar proporcionada.

Además, el TSXG hace hincapié en que lo relevante no es la etiqueta jurídica de los hechos en la carta, sino lo que quedó probado. En este caso, la ocultación y el paso al vestuario sin abonar los artículos. ¿Y qué pasa si existen dolencias médicas? El criterio seguido fue claro: no afectaron a la comprensión de los actos ni a la voluntad.

En síntesis, el caso refuerza la necesidad de respetar los procedimientos internos y los sistemas de control. También recuerda que una larga antigüedad no neutraliza un incumplimiento grave, por más que duela decirlo.

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