Confirmado por Hacienda: estos son los cambios en la Renta 2025-2026 que podrían afectarte

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 22 de marzo de 2025
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Mujer con formulario de la Renta 2023 y novedades de Hacienda para 2024-2025

La campaña de la Renta 2025-2026 llega con novedades importantes para millones de contribuyentes. La Agencia Tributaria abrió el plazo de presentación por internet el 8 de abril de 2026 y lo mantendrá activo hasta el 30 de junio de 2026. En el caso de declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria, el plazo termina antes: el 25 de junio.

Además, la campaña incorpora cambios en los servicios de asistencia, en la obligación de declarar, en las deducciones para rentas bajas y en determinados beneficios fiscales relacionados con vivienda, alquileres, donativos y vehículos eléctricos. A continuación, repasamos las principales novedades que pueden afectar a trabajadores, pensionistas, autónomos, desempleados, propietarios y familias.

Nuevos plazos de la campaña de la Renta 2025-2026

La campaña de la Renta 2025, que se presenta en 2026, comenzó el 8 de abril para las declaraciones por internet. Desde ese día, los contribuyentes pueden presentar su declaración a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, Renta WEB o la aplicación oficial.

Para quienes prefieran recibir ayuda por teléfono, el plan “Le Llamamos” comenzó el 6 de mayo de 2026, con solicitud de cita previa desde el 29 de abril. La atención presencial en oficinas empezó el 1 de junio, con cita desde el 29 de mayo. El cierre general de la campaña será el 30 de junio de 2026.

Una de las novedades operativas de esta campaña es la ampliación de Renta Directa, el servicio de presentación instantánea para declaraciones sencillas, que la Agencia Tributaria ha extendido a nuevos colectivos hasta alcanzar unos nueve millones de potenciales usuarios.

Quién está obligado a presentar la declaración de la Renta en 2026

Con carácter general, no están obligados a declarar quienes hayan obtenido exclusivamente rendimientos del trabajo de hasta 22.000 euros anuales si proceden de un único pagador. Si existen varios pagadores, el límite baja a 15.876 euros, salvo que lo percibido del segundo y restantes pagadores no supere en conjunto 1.500 euros, en cuyo caso se mantiene el límite de 22.000 euros.

También hay colectivos que deben presentar la declaración en todo caso. Entre ellos se encuentran los autónomos que hayan estado dados de alta en el RETA o en el Régimen Especial del Mar como trabajadores por cuenta propia, con independencia de la cuantía de sus rendimientos. Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y los miembros de su unidad de convivencia también deben presentar declaración para mantener la prestación.

En cambio, conviene corregir una idea que generó confusión en campañas anteriores: cobrar una prestación por desempleo no obliga por sí solo a presentar la Renta en todos los casos. El Real Decreto-ley 3/2026 suprimió esa obligación general para los beneficiarios de prestaciones por desempleo, por lo que deberán declarar si superan los límites ordinarios o si se encuentran en otro supuesto que les obligue.

Nueva deducción para trabajadores con rentas bajas

Una de las novedades destacadas de la Renta 2025-2026 es la deducción por obtención de rendimientos del trabajo para determinados trabajadores con ingresos bajos. Pueden aplicarla quienes hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales, siempre que cumplan el resto de requisitos y no tengan otras rentas no exentas superiores a 6.500 euros.

La deducción será de 340 euros anuales para quienes hayan tenido rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 16.576 euros. Para ingresos entre 16.576 y 18.276 euros, la cuantía se reduce de forma progresiva.

Cambios en deducciones por donativos

Los contribuyentes que hayan realizado donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002 pueden aplicar una deducción del 80% sobre los primeros 250 euros donados. Para el resto de la base de deducción, el porcentaje general es del 40%. Si existe reiteración de donaciones a una misma entidad, el porcentaje incrementado puede alcanzar el 45%.

Por tanto, quienes hayan colaborado con ONG, fundaciones u otras entidades beneficiarias del mecenazgo deben revisar que esos datos estén correctamente incorporados en el borrador antes de confirmar la declaración.

Fiscalidad de los alquileres: reducciones del 90%, 70%, 60% o 50%

Los propietarios que alquilan viviendas también deben prestar atención a los cambios en la reducción aplicable al rendimiento neto positivo del alquiler. Para los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados a partir del 26 de mayo de 2023, la reducción general es del 50%.

No obstante, la reducción puede subir al 90% si se firma un nuevo contrato sobre una vivienda situada en una zona de mercado residencial tensionado y se rebaja la renta inicial en más de un 5% respecto al contrato anterior. También puede llegar al 70% en determinados supuestos, como alquiler a jóvenes de entre 18 y 35 años en zonas tensionadas o cesión para alquiler social. La reducción del 60% se reserva para casos vinculados a obras de rehabilitación en los términos previstos por la norma.

Deducciones por eficiencia energética y vehículos eléctricos

Las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética siguen siendo relevantes en la Renta 2025-2026. Existen tres porcentajes: 20% por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, 40% por obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable, y 60% por obras de rehabilitación energética de edificios. Estas deducciones son incompatibles entre sí respecto de la misma obra.

Además, en 2026 se ha ampliado el plazo de determinadas deducciones por eficiencia energética: las obras de reducción de demanda de calefacción y refrigeración y las de mejora del consumo de energía primaria no renovable pueden realizarse hasta el 31 de diciembre de 2026, mientras que las obras en edificios residenciales pueden aplicarse por cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2027.

También se mantiene la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible. Si se adquiere el vehículo entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2026, se puede deducir el 15% del valor de adquisición, con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. La instalación de puntos de recarga también permite deducir el 15% de las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que la instalación finalice en 2026.

Nuevo tipo máximo para las rentas del ahorro

Otra novedad que puede afectar a quienes hayan obtenido ganancias patrimoniales o rendimientos del capital es la escala del ahorro. En la Renta 2025, la base liquidable del ahorro superior a 300.000 euros tributa al 30%. Los tramos anteriores se mantienen en el 19%, 21%, 23% y 27%, según la cuantía.

Este cambio afecta especialmente a contribuyentes con importantes ganancias por venta de acciones, fondos de inversión, criptomonedas, inmuebles u otros activos financieros.

Tabla resumen de los principales cambios en la Renta 2025-2026

ConceptoSituación actual en la Renta 2025-2026
Inicio de la campaña por internet8 de abril de 2026
Fin de campaña30 de junio de 2026
Fecha límite para domiciliar declaraciones a ingresar25 de junio de 2026
Atención telefónicaDesde el 6 de mayo de 2026
Atención presencialDesde el 1 de junio de 2026
Límite general con un pagador22.000 euros
Límite con varios pagadores15.876 euros
Deducción para rentas bajas del trabajoHasta 340 euros
Donativos: primeros 250 euros80%
Donativos: resto de la base40% o 45% si hay reiteración
Reducción general por alquiler de vivienda50%
Reducción máxima por alquiler en zona tensionada90%
Vehículo eléctrico o punto de recarga15%
Tipo máximo en la base del ahorro30% desde 300.000 euros

En definitiva, la Renta 2025-2026 incorpora cambios que pueden afectar tanto a contribuyentes con rentas bajas como a propietarios, inversores, autónomos, perceptores del IMV y personas que hayan realizado obras de eficiencia energética o comprado un vehículo eléctrico. Antes de confirmar el borrador, conviene revisar los datos fiscales, las deducciones aplicables y los límites de obligación de declarar.

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