Hacienda recuerda la fecha para hacer la declaración de la Renta por teléfono: imprescindible preparar esta documentación

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 26 de abril de 2025
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Documentación y cómo pedir cita para hacer la declaración de la Renta por telefóno.

La campaña de la declaración de la Renta 2025, que se presenta en 2026, ya está en marcha. La Agencia Tributaria abrió el plazo de presentación por internet el 8 de abril de 2026, y miles de contribuyentes ya pueden consultar, modificar y presentar su borrador a través de Renta WEB.

El calendario de la campaña entra ahora en una de sus fases más importantes: la atención telefónica mediante el plan “Le Llamamos”. La solicitud de cita para hacer la declaración por teléfono está disponible desde el 29 de abril hasta el 29 de junio de 2026, mientras que la Agencia Tributaria comienza a llamar a los contribuyentes desde el 6 de mayo y presta este servicio hasta el 30 de junio de 2026.

Quienes quieran utilizar este servicio pueden pedir cita previa a través del servicio oficial de asistencia y cita de la Agencia Tributaria, mediante la app “Agencia Tributaria” o por teléfono en los números habilitados para la campaña.

Por otro lado, los contribuyentes que prefieran una atención presencial en oficinas podrán solicitar cita desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio de 2026. La atención en oficinas comienza el 1 de junio y se mantiene hasta el final de la campaña.

Qué documentos necesito para hacer la declaración de la Renta por teléfono

El plan “Le Llamamos” permite confeccionar y presentar la declaración de la Renta con asistencia telefónica personalizada. Para que la gestión pueda realizarse sin incidencias, la Agencia Tributaria recuerda que la persona titular debe estar presente durante la llamada, ya que esta será grabada.

Además, es necesario poder identificarse correctamente. Si el contribuyente está registrado en Cl@ve, deberá tener a mano el teléfono móvil comunicado al registrarse. Si no utiliza Cl@ve, deberá obtener previamente el número de referencia de la campaña de Renta 2025.

Antes de recibir la llamada, conviene preparar esta documentación básica:

  • DNI original del titular de la cita.
  • Fotocopia del DNI de todas las personas que figuren en la declaración.
  • Número IBAN de la cuenta bancaria.
  • Referencias catastrales de todos los inmuebles de propiedad del contribuyente o de aquellos en los que viva de alquiler u otras circunstancias.
  • Recibo del IBI, si es necesario para comprobar la referencia catastral.

La Agencia Tributaria advierte que, si no se aportan estos datos, no podrá realizarse la declaración por teléfono.

Documentación adicional si se aplican deducciones o se han obtenido rentas

Además de la documentación básica, el contribuyente debe tener preparados otros justificantes si ha obtenido rentas que no aparecen correctamente incorporadas en sus datos fiscales o si quiere aplicar determinadas deducciones.

En el caso de los rendimientos del trabajo, pueden ser necesarios:

  • Certificado emitido por el pagador.
  • Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos.
  • Cuotas abonadas a colegios profesionales, si la colegiación es obligatoria.
  • Gastos de defensa jurídica derivados de litigios laborales.

Para los rendimientos del capital inmobiliario, es decir, alquileres de pisos, locales, plazas de garaje u otros inmuebles, deben prepararse los justificantes de ingresos, contratos y facturas de gastos deducibles.

En cuanto a los rendimientos del capital mobiliario, pueden solicitarse certificados de empresas, entidades financieras o aseguradoras, contratos, recibos de gastos en transmisiones de Letras del Tesoro, obligaciones u otros activos financieros. Si se ha percibido un seguro contratado antes del 31 de diciembre de 1994, también debe prepararse el importe del capital recibido.

Si el contribuyente realiza actividades económicas en estimación objetiva, conocida como módulos, deberá reunir los documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año, como personal empleado, consumo eléctrico, superficie del local, potencia fiscal del vehículo o ingresos.

Documentos si se han vendido viviendas, acciones, fondos u otros bienes

Si durante 2025 se transmitió una vivienda habitual, otro inmueble, acciones, fondos de inversión u otros bienes, conviene preparar la documentación de adquisición y transmisión.

En estos casos pueden ser necesarios:

  • Fechas de adquisición y transmisión.
  • Escrituras o documentos justificativos.
  • Importes reales de compra y venta.
  • Gastos y tributos asociados.
  • Certificados de fondos de inversión.
  • Justificantes de premios o subvenciones.
  • Datos de préstamos hipotecarios y capital pendiente de amortizar, si se transmitió la vivienda habitual y se quiere aplicar la exención por reinversión.

Documentación para deducciones autonómicas y otros beneficios fiscales

También hay que preparar los justificantes relacionados con deducciones autonómicas u otros beneficios fiscales.

Por ejemplo, si el contribuyente vive de alquiler, necesitará el NIF del arrendador y las cantidades pagadas durante el año. Si aplica deducción por adquisición de vivienda habitual con hipoteca, deberá tener a mano los recibos de los seguros. Si hubo ampliación del préstamo, también se requieren los saldos pendientes de amortizar del préstamo original.

En el caso de donativos, se deben conservar los justificantes correspondientes para poder aplicar la deducción si procede.

Teléfono desde el que llama Hacienda

Una de las correcciones más importantes para 2026 es el número desde el que llama la Agencia Tributaria. Para el plan “Le Llamamos”, Hacienda indica que solo llamará desde el número 91 333 5 333.

Este dato es importante para evitar posibles fraudes. La Agencia Tributaria solo llamará si el contribuyente ha solicitado previamente una cita por alguno de los canales oficiales.

Cómo pedir cita previa para hacer la Renta por teléfono

La cita para la confección telefónica de la declaración de la Renta 2025 puede solicitarse desde el 29 de abril hasta el 29 de junio de 2026. La atención telefónica comienza el 6 de mayo.

Las vías habilitadas son:

  • Internet, con NIF/NIE, Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
  • App “Agencia Tributaria”.
  • Teléfono automático: 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
  • Teléfono de cita con atención personal: 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.

Si el contribuyente no puede atender la llamada o decide no utilizar la cita, puede anularla por las mismas vías. La Agencia Tributaria recomienda hacerlo con antelación para que esa cita pueda ser utilizada por otra persona.

En definitiva, quienes quieran hacer la declaración de la Renta 2025 por teléfono deben pedir cita dentro del plazo, tener preparada toda la documentación y comprobar que la llamada procede del número oficial 91 333 5 333. Preparar los datos antes de la llamada puede evitar retrasos y facilitar que la declaración se presente correctamente.

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