La Seguridad Social confirma cuándo se cobra la paga extra de verano en 2026: doble ingreso para millones de pensionistas

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Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 14 de mayo de 2025
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Pensionista leyendo el periódico frente al mar mientras espera la paga extra de verano 2025

El mes de junio es una de las fechas más esperadas por millones de pensionistas en España. La razón es sencilla: las pensiones abonadas en 14 pagas incluyen dos pagas extraordinarias al año, una en junio y otra en noviembre, que se ingresan junto a la mensualidad ordinaria correspondiente.

La paga extra de verano de 2026 se abona junto con la pensión de junio y, con carácter general, tiene el mismo importe que la mensualidad ordinaria de ese mes. La Seguridad Social explica en su información oficial sobre el abono de las pensiones que las pensiones se pagan en 14 mensualidades, con dos pagas extraordinarias en junio y noviembre.

Cuándo se cobra la paga extra de verano en 2026

La Seguridad Social establece que las pensiones se devengan por mensualidades naturales vencidas y se abonan entre el primer día hábil y el cuarto día natural del mes. No obstante, muchas entidades bancarias adelantan el ingreso, por lo que lo habitual es que muchos pensionistas vean reflejada la pensión en su cuenta entre los días 22 y 26 de cada mes. En junio, ese ingreso incluye también la paga extraordinaria de verano.

Por tanto, en 2026 los pensionistas que cobran su prestación en 14 pagas recibirán un ingreso doble asociado a la mensualidad de junio. La fecha concreta puede variar según el banco, por lo que conviene consultar el calendario de pagos de la entidad financiera.

SituaciónFecha orientativa de cobro
Abono ordinario según Seguridad SocialEntre el primer día hábil y el cuarto día natural del mes
Ingreso adelantado por bancosHabitualmente entre el 22 y el 26 de junio
Paga extra de veranoJunto con la mensualidad de junio

Cuánto se cobra con la paga extra de verano

La paga extraordinaria tiene, por regla general, el mismo importe que la mensualidad ordinaria. Es decir, una persona que cobre una pensión mensual de 1.200 euros recibirá en junio un total de 2.400 euros brutos: 1.200 euros de mensualidad ordinaria y 1.200 euros de paga extra.

Este ingreso se aplica a las pensiones contributivas que se cobran en 14 pagas, como jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad o pensiones en favor de familiares, salvo excepciones concretas.

La Seguridad Social detalla que las dos pagas extraordinarias se hacen efectivas junto con las mensualidades de junio y noviembre y por el mismo importe que la mensualidad ordinaria correspondiente.

Pensionistas que no reciben una paga extra separada

No todos los pensionistas reciben un ingreso adicional específico en junio. Las pensiones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional se satisfacen en 12 pagas, porque las pagas extraordinarias ya están prorrateadas dentro de las mensualidades ordinarias.

Esto significa que estas personas no cobran una paga extra diferenciada en junio o noviembre, aunque el importe equivalente ya se reparte a lo largo del año.

Qué ocurre si la pensión se ha reconocido recientemente

Cuando la pensión se ha reconocido recientemente, la paga extraordinaria puede no cobrarse completa. En estos casos, la Seguridad Social calcula la extra en proporción al tiempo de devengo correspondiente.

Para la paga extra de junio, el periodo de devengo va del 1 de diciembre al 31 de mayo. Si la pensión se ha reconocido dentro de ese periodo, la paga extraordinaria se abona de forma proporcional.

Por ejemplo, si una persona empieza a cobrar su pensión a mitad del periodo de devengo, no recibirá la extra completa, sino la parte proporcional que corresponda.

Pensiones en 2026: subida y pensión máxima

En 2026, las pensiones contributivas se revalorizan con carácter general un 2,7%, de acuerdo con la evolución del IPC. Esta subida se aplica desde el 1 de enero de 2026 y afecta a pensiones de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares.

La pensión máxima en 2026 queda fijada en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales. Esta cifra actúa como límite máximo de percepción de pensiones públicas, sin perjuicio de las pagas extraordinarias cuando correspondan.

Cuantías mínimas de jubilación en 2026

Las pensiones mínimas dependen de la edad y de la situación familiar del pensionista. En 2026, la Seguridad Social recoge las siguientes cuantías mínimas para jubilación:

Tipo de pensión de jubilaciónCuantía mensual 2026Cuantía anual 2026
Jubilación con 65 años y cónyuge a cargo1.256,60 euros17.592,40 euros
Jubilación con 65 años sin cónyuge936,20 euros13.106,80 euros
Jubilación con 65 años y cónyuge no a cargo888,70 euros12.441,80 euros
Jubilación menor de 65 años y cónyuge a cargo1.256,60 euros17.592,40 euros
Jubilación menor de 65 años sin cónyuge875,90 euros12.262,60 euros
Jubilación menor de 65 años y cónyuge no a cargo827,90 euros11.590,60 euros

Estas cuantías mínimas se aplican cuando se cumplen los requisitos para complemento a mínimos y no se superan los límites de ingresos establecidos.

Recomendaciones para comprobar el ingreso

Los pensionistas que quieran saber el día exacto de cobro deben revisar la información de su banco, ya que muchas entidades adelantan el ingreso respecto al calendario ordinario de la Seguridad Social. También pueden consultar sus nóminas y certificados de prestaciones a través de los servicios electrónicos de la Seguridad Social.

Antes de junio, conviene comprobar:

  • El importe mensual de la pensión.
  • Si la pensión se cobra en 14 pagas o en 12 pagas prorrateadas.
  • Si existe reconocimiento reciente de la pensión, porque puede afectar a la cuantía de la extra.
  • El calendario de pago de la entidad bancaria.
  • Los datos bancarios asociados al cobro de la pensión.

En definitiva, la paga extra de verano de 2026 se abona junto con la mensualidad de junio y supone, en la mayoría de los casos, un ingreso doble. La cuantía suele coincidir con la pensión mensual ordinaria, aunque puede reducirse si la pensión se ha reconocido recientemente o no se ha generado el derecho durante todo el periodo de devengo.

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