Tras 545 días de incapacidad temporal, la empresa deja de cotizar y el INSS decide entre incapacidad permanente, alta médica o prórroga de la baja. Al cumplir 18 meses de baja médica, muchos trabajadores descubren que han dejado de cotizar a la Seguridad Social, aunque siguen en incapacidad temporal y pendientes de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Qué ocurre con la cotización y el puesto de trabajo tras 18 meses de baja
Superados los 545 días de baja, la Seguridad Social emite una propuesta de incapacidad permanente. Desde ese momento ya no existe obligación de cotizar por parte de la empresa y el trabajador deja de generar nuevas cotizaciones.
¿Supone esto la pérdida del empleo? No. El puesto no se extingue, sino que queda suspendido mientras se resuelve la situación.
Puede ocurrir que el Tribunal Médico aún no haya citado al afectado. Campmany Abogados explica que este limbo laboral responde a un problema de gestión del INSS y que el organismo acabará citando por escrito.
Resoluciones posibles del INSS tras valorar la incapacidad temporal prolongada
Tras analizar la situación clínica, la Seguridad Social puede adoptar tres decisiones:
- Reconocer una incapacidad permanente.
- No considerar necesaria la incapacidad ni más tiempo de baja y extinguir la incapacidad temporal por curación o mejoría, emitiendo el alta médica.
- Acordar una demora de calificación y ampliar la baja seis meses más, hasta un máximo de 730 días naturales.
La denominada demora de calificación permite alargar la incapacidad temporal hasta dos años y exige una comunicación expresa de esa moratoria, que según Campmany Abogados no suele ser habitual. Si la resolución final es la extinción del periodo de baja, el trabajador recibe primero un SMS y después una carta y debe reincorporarse a su puesto; si no lo hace, puede ser despedido.
Quién paga la incapacidad temporal tras 18 meses y qué pasa con las vacaciones
Otra duda frecuente es qué sucede con el cobro de la prestación. ¿Quién paga después de 18 meses de baja? Campmany Abogados recuerda que es la Seguridad Social quien continúa abonando la incapacidad temporal, salvo que sea la mutua de la empresa la que ya estuviera pagando. En ese caso, seguirá haciéndolo hasta el cierre del expediente.
La cuantía tampoco cambia. El trabajador continúa percibiendo el mismo importe que en los meses anteriores, es decir, el 75% de su base reguladora. Nada de sustos de última hora, que bastante complicada es ya la situación. ¿Y qué pasa con las vacaciones generadas durante la baja? Si finalmente se obtiene una pensión de incapacidad, Campmany Abogados indica que las vacaciones deben abonarse como no disfrutadas por parte de la empresa, por lo que no se pierden por el hecho de pasar a una incapacidad permanente.








Después de 28 meses de Baja la SS me da alta sin pasar el Tribunal Médico, desde el 11 de Julio estoy esperando la resolución ya que los que me avisan que estoy dado de Alta es la Empresa, recibo la resolución por escrito a mediados de Agosto ( si la empresa no me avisa o no estoy localizable vía Telefónica como así fue como me avisaron …que hubiese ocurrido? ).
Total que con limitaciones después de haber sufrido tres operaciones de Mano, y unas lesiones diagnosticadas en Zona Lumbar también con Limitaciones nadie se dignó a hacerme un reconocimiento.
Desde los 545 días de IT hasta que me dieron Alta no estuve cotizando, además de otros problemas de pagos y solicitudes de devolución de lo ya pagado ( por Dos veces ) total que he perdido 11 meses de cotización.
Y si soy autónoma de siempre? Tengo la espalda con hiperdorlorsiia lumbar. 3 hernias discales. Un dico del sacro destrozado y una vértebra desplazada. Llevo faja ortroprotesica
En mi caso de AT (fracturas lumbar de L1 a L4,fracuras y múltiples fracturas de costillas en total 11 fracturas de lado izquierdo, contusión pulmonar)después de cumplir 11meses de baja, mutua da alta,el centro de salud el día siguiente me da baja, sigo de baja 18mese mas,a cumplir 18 meses empresa da baja temporal,la mutua lo hace recalculacion y me paga unos 300€ menus al mes.A cumplir 730dias,INSS me da alta, pero por no estar bien de salud,el centro de salud me da otra vez baja por el mismo AT.La empresa ya no me lo paga lo mismo que pagaba desde el principio,paga 300€ menus al mes,otra vez a cumplir 18meses,me da despido,otra vez mutua siga pagando y otra vez paga todavía menus,de lo que corresponde unos 150€ mensuales menus.
La empresa no me pagó las vacaciones que corresponde, pero en la base de cotización esta figura como pagadas.El fin después de casi 5 años de baja médica INSS desidia dar incapacidad.
5años han tardado en darse cuenta de que no puedes trabajar?? Esto es una vergüenza !! Con un diagnóstico claro, entonces aquellas personas que tenemos dolores crónicos y fatiga? Eso no se ve en ninguna prueba, que pasa ? Lo toman como que te lo inventas, tienes el cuerpo hecho una mierda porque has trabajado como un burro para las empresas y ahora no quieren hacerse cargo del daño producido para toda tú vida.Espero que lo lleves bien,mucha fuerza
Y una 💩bien grande para la seguridad social, se debe y se tiene que seguir cotizando y además de mantener el complemento de IT voluntario de la empresa, léase varias sentencias sobre eso.