El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación gestionada por la Seguridad Social dirigida a personas que viven solas o a familias integradas en una unidad de convivencia que carecen de recursos económicos suficientes. Su objetivo es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social, garantizando un nivel mínimo de ingresos a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
En 2026, la cuantía garantizada para una persona beneficiaria individual es de 733,60 euros al mes, lo que equivale a 8.803,20 euros al año. Esta cantidad aumenta en función del número de miembros de la unidad de convivencia y puede incrementarse si se trata de una familia monoparental o si existe una discapacidad igual o superior al 65%.
Las personas interesadas pueden consultar los requisitos actualizados y presentar la solicitud a través del servicio oficial del Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social.
Quién puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital en 2026
El IMV puede reconocerse tanto a personas beneficiarias individuales como a unidades de convivencia. En el caso de una persona que vive sola, con carácter general, debe tener al menos 23 años y no formar parte de otra unidad de convivencia. Además, si tiene entre 23 y 29 años, debe acreditar residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, salvo excepciones.
También pueden acceder al IMV las mujeres mayores de edad víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual, las personas de entre 18 y 22 años procedentes de centros residenciales de protección de menores y las personas sin hogar.
En el caso de las unidades de convivencia, la persona titular que representa a la familia debe tener, con carácter general, al menos 23 años. También pueden ser titulares las personas mayores de edad o menores emancipadas cuando tengan hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
La unidad de convivencia está formada por las personas que viven en un mismo domicilio y están unidas por matrimonio, pareja de hecho o vínculo familiar hasta segundo grado por consanguinidad, afinidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. Además, debe estar constituida de forma continuada durante al menos los seis meses anteriores a la solicitud.
Límite de ingresos para cobrar el IMV en 2026
Para saber si una persona o familia tiene derecho al IMV, la Seguridad Social analiza la situación de vulnerabilidad económica. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior es inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada que corresponda según la composición del hogar.
Por ejemplo, si una persona vive sola, la renta garantizada en 2026 es de 733,60 euros al mes. Por tanto, sus ingresos mensuales computables deberían estar, como referencia general, por debajo de 723,60 euros para cumplir este criterio económico. En una unidad formada por un adulto y un menor, la renta garantizada es de 953,68 euros mensuales, por lo que el límite de ingresos se situaría en torno a 943,68 euros mensuales.
Es importante aclarar que el IMV no funciona como una ayuda fija igual para todos. La cuantía que se cobra es la diferencia entre la renta garantizada aplicable y los ingresos computables de la persona o unidad de convivencia, siempre que el resultado sea de al menos 10 euros mensuales.
Cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2026
Estas son las principales cuantías garantizadas del IMV en 2026 para unidades no monoparentales:
| Unidad de convivencia | Cuantía mensual en 2026 | Cuantía anual en 2026 |
|---|---|---|
| Un adulto | 733,60 euros | 8.803,20 euros |
| Un adulto y un menor | 953,68 euros | 11.444,16 euros |
| Un adulto y dos menores | 1.173,76 euros | 14.085,12 euros |
| Un adulto y tres menores | 1.393,84 euros | 16.726,08 euros |
| Un adulto y cuatro o más menores | 1.613,92 euros | 19.367,04 euros |
| Dos adultos | 953,68 euros | 11.444,16 euros |
| Dos adultos y un menor | 1.173,76 euros | 14.085,12 euros |
| Dos adultos y dos menores | 1.393,84 euros | 16.726,08 euros |
| Tres adultos | 1.173,76 euros | 14.085,12 euros |
| Tres adultos y un menor | 1.393,84 euros | 16.726,08 euros |
En las unidades monoparentales, la Seguridad Social aplica un complemento del 22%, por lo que las cuantías son más elevadas. En 2026, un adulto con un menor puede tener una renta garantizada de 1.115,07 euros al mes, mientras que un adulto con dos menores puede llegar a 1.335,15 euros mensuales.
| Unidad monoparental | Cuantía mensual en 2026 | Cuantía anual en 2026 |
|---|---|---|
| Un adulto y un menor | 1.115,07 euros | 13.380,84 euros |
| Un adulto y dos menores | 1.335,15 euros | 16.021,80 euros |
| Un adulto y tres menores | 1.555,23 euros | 18.662,76 euros |
| Un adulto y cuatro o más menores | 1.775,31 euros | 21.303,72 euros |
Límite de patrimonio para acceder al IMV
Además de los ingresos, la Seguridad Social tiene en cuenta el patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual. En 2026, una persona beneficiaria individual queda fuera del IMV si tiene un patrimonio neto igual o superior a 26.409,60 euros.
En unidades de convivencia, el límite aumenta según el número de miembros:
| Unidad de convivencia | Límite de patrimonio en 2026 |
|---|---|
| Un adulto solo | 26.409,60 euros |
| Un adulto y un menor | 36.973,44 euros |
| Un adulto y dos menores | 47.537,28 euros |
| Un adulto y tres menores | 58.101,12 euros |
| Un adulto y cuatro o más menores | 68.664,96 euros |
| Dos adultos | 36.973,44 euros |
| Dos adultos y un menor | 47.537,28 euros |
| Dos adultos y dos menores | 58.101,12 euros |
| Tres adultos | 47.537,28 euros |
| Tres adultos y un menor | 58.101,12 euros |
También existe un límite de activos no societarios, sin contar la vivienda habitual. Para una persona sola, ese límite es de 52.819,20 euros en 2026, y aumenta según la composición de la unidad de convivencia.
Complemento de Ayuda para la Infancia
Además del IMV, las unidades de convivencia con menores pueden tener derecho al Complemento de Ayuda para la Infancia. Esta cantidad se abona por cada menor de edad y depende de la edad que tenga el niño o niña el 1 de enero del ejercicio correspondiente.
En 2026, los importes son:
| Edad del menor | Importe mensual |
|---|---|
| Menores de 3 años | 115 euros |
| Mayores de 3 años y menores de 6 años | 80,50 euros |
| Mayores de 6 años y menores de 18 años | 57,50 euros |
Este complemento puede reconocerse junto al IMV o, en algunos casos, de forma independiente, siempre que se cumplan los límites de ingresos, patrimonio y activos establecidos por la Seguridad Social.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital en 2026
El IMV puede solicitarse por internet a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital, Cl@ve o sin certificado. También se puede acudir de forma presencial a las oficinas del INSS, aunque para ello es necesario pedir cita previa.
Antes de presentar la solicitud, conviene preparar la documentación básica:
- DNI, NIE o pasaporte de las personas que forman parte de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia, certificado del Registro Civil o documentación que acredite la unidad de convivencia.
- Documentación que acredite residencia legal en España, en el caso de personas extranjeras.
- Justificantes de ingresos, patrimonio o situaciones especiales, si la Seguridad Social los solicita.
- Documentación específica en casos de violencia de género, trata, separación, divorcio, acogimiento o ausencia de vivienda.
La Seguridad Social también pone a disposición de los ciudadanos un simulador del IMV para comprobar si se cumplen los requisitos y conocer una cuantía aproximada antes de presentar la solicitud.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas que cobran el IMV deben comunicar cualquier cambio que pueda afectar a la prestación, como variaciones de ingresos, domicilio, unidad de convivencia o salidas al extranjero superiores a 90 días al año. También están obligadas a presentar cada año la declaración de la Renta.
El derecho a cobrar el IMV nace a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud y se mantiene mientras continúen los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos exigidos.
En definitiva, para acceder al Ingreso Mínimo Vital en 2026 no basta con mirar una cifra única de ingresos. La Seguridad Social compara los ingresos computables de cada persona o unidad de convivencia con la renta garantizada que le corresponde. Además, revisa el patrimonio, los activos y la composición familiar antes de reconocer la prestación.