Pagar la declaración de la Renta 2025-2026 a plazos puede salirte caro

Logo autor infoemplea2.com
Publicado por Infoemplea2
Fecha de publicación: 11 de abril de 2025
Síguenos
Manos sosteniendo billetes de euro frente a la página web de la Agencia Tributaria, ilustrando el pago de la Declaración de la Renta

Presentar la declaración de la Renta no siempre implica recibir una devolución. En algunos casos, el resultado de la declaración sale a ingresar, es decir, el contribuyente debe pagar una cantidad a Hacienda. Para evitar afrontar todo el importe de una sola vez, la Agencia Tributaria permite dos opciones principales: fraccionar el pago o solicitar un aplazamiento.

La campaña de la Renta 2025-2026 comenzó el 8 de abril de 2026 para la presentación por internet y finalizará el 30 de junio de 2026. En el caso de declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria, el plazo para domiciliar termina el 25 de junio de 2026.

Aunque ambas alternativas permiten no pagar toda la deuda de una vez, no funcionan igual. El fraccionamiento ordinario de la Renta es gratuito y divide el pago en dos partes. El aplazamiento, en cambio, está pensado para quienes tienen dificultades transitorias de tesorería y conlleva intereses de demora.

Cómo fraccionar el pago de la declaración de la Renta 2025-2026

El fraccionamiento es la opción más sencilla para quienes pueden pagar la declaración en dos veces. La Agencia Tributaria permite dividir el importe en dos plazos sin intereses ni recargos:

PlazoPorcentajeFecha de pago
Primer pago60%Al presentar la declaración o el 30 de junio si está domiciliado
Segundo pago40%Hasta el 5 de noviembre de 2026

Para acogerse a este sistema, hay que elegir la opción de pago fraccionado al presentar el modelo 100. La primera parte corresponde al 60% del importe y la segunda al 40% restante. Este fraccionamiento no genera intereses ni recargos, siempre que la declaración se presente dentro de plazo.

Además, el contribuyente puede elegir distintas formas de domiciliación:

  • Domiciliar ambos plazos.
  • Domiciliar solo el primer plazo.
  • Domiciliar solo el segundo plazo.
  • No domiciliar y realizar el ingreso por otras vías admitidas.

Si se domicilian ambos pagos, el primer cargo se realiza el 30 de junio de 2026 y el segundo el 5 de noviembre de 2026. Si se domicilia el primer plazo, también se puede domiciliar el segundo hasta el 2 de noviembre de 2026. Si no se domicilia el primer plazo, la domiciliación del segundo debe realizarse antes del 30 de junio de 2026.

Esta alternativa resulta especialmente útil cuando se dispone de liquidez suficiente para pagar en dos veces y se quiere evitar el coste financiero de un aplazamiento.

Cómo aplazar el pago de la declaración de la Renta

El aplazamiento es una opción diferente. Está dirigido a contribuyentes que no pueden pagar la deuda tributaria en el plazo ordinario por dificultades económicas transitorias. A diferencia del fraccionamiento ordinario del IRPF, el aplazamiento no es gratuito, ya que genera intereses de demora.

Para pedirlo desde Renta WEB, el contribuyente debe seleccionar una modalidad que implique reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento. Esta opción solo está disponible por internet y únicamente cuando el contribuyente no elige el pago fraccionado ordinario de la declaración.

El procedimiento general es el siguiente:

  1. Presentar la declaración de la Renta con resultado a ingresar.
  2. Elegir una modalidad de pago no fraccionado.
  3. Seleccionar el reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento.
  4. Tramitar la solicitud de aplazamiento indicando los plazos propuestos.
  5. Esperar la resolución de la Agencia Tributaria.

El aplazamiento no se concede automáticamente en todos los casos. La Agencia Tributaria tramita la solicitud y puede aprobarla, modificar las condiciones propuestas o denegarla si no se cumplen los requisitos.

Límite para aplazar sin aportar garantías

En 2026, cuando el importe total de las deudas pendientes no supera los 50.000 euros, el contribuyente puede solicitar el aplazamiento sin necesidad de aportar aval, garantía hipotecaria u otra garantía adicional. Si se supera ese importe, pueden exigirse garantías y el procedimiento se vuelve más complejo.

Interés aplicable en los aplazamientos de 2026

El aplazamiento tiene coste. En 2026, el interés de demora tributario se mantiene en el 4,0625%, vigente hasta que se apruebe y entre en vigor una nueva Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Esto significa que, si Hacienda concede el aplazamiento, el contribuyente deberá pagar la deuda más los intereses correspondientes. La propia Agencia Tributaria dispone de una calculadora de intereses de deudas y aplazamientos para estimar el importe aplicable en cada caso.

Diferencias entre fraccionar y aplazar la Renta 2025-2026

ConceptoFraccionamiento ordinarioAplazamiento
CosteSin intereses ni recargosCon intereses de demora
Interés en 2026No aplica4,0625%
Número de pagosDos pagos: 60% y 40%Depende de la solicitud y resolución
Segundo plazoHasta el 5 de noviembre de 2026Según calendario aprobado por Hacienda
Requiere solicitud específicaNo, basta con marcar pago fraccionado
Límite sin garantíasNo aplica como aplazamiento ordinarioHasta 50.000 euros
Mejor paraQuien puede pagar en dos vecesQuien necesita más tiempo por falta de liquidez

¿Qué opción conviene elegir?

Si el contribuyente puede asumir el pago en dos veces, normalmente resulta más conveniente elegir el fraccionamiento ordinario, porque no tiene intereses ni recargos. Permite pagar el 60% al presentar la declaración y el 40% restante hasta el 5 de noviembre de 2026.

En cambio, si no se puede afrontar ni siquiera ese esquema de dos pagos, puede solicitarse un aplazamiento, pero teniendo en cuenta que la Agencia Tributaria deberá aprobarlo y que se aplicarán intereses de demora. En 2026, ese interés es del 4,0625%.

Además, conviene no dejar la presentación para el último día. Si la declaración sale a pagar y se quiere domiciliar el importe, el plazo finaliza el 25 de junio de 2026, aunque el cierre general de campaña sea el 30 de junio.

En definitiva, la Agencia Tributaria permite pagar la Renta 2025-2026 de forma más flexible. La opción más económica es el fraccionamiento ordinario en dos plazos. El aplazamiento puede ser útil en situaciones de dificultad económica, pero tiene coste y requiere solicitud expresa.

Infoemplea2

Infoemplea2

Portal especializado en empleo, oposiciones y mercado laboral en España. Más de ocho años informando sobre ofertas de trabajo, ayudas del SEPE, trámites de la Seguridad Social, Hacienda y novedades del BOE para desempleados, trabajadores y empresas.