El joven camarero cuestiona que los festivos se contabilicen como descanso para quienes trabajan durante esas jornadas: “He trabajado todos los festivos de mi vida”. Su testimonio reabre el debate sobre las vacaciones en hostelería.
El reparto del descanso anual vuelve a enfrentar dos realidades. La legislación reconoce un mínimo de 30 días naturales de vacaciones, pero sectores abiertos durante domingos y festivos deben organizar los turnos respetando el calendario laboral y el convenio colectivo correspondiente.
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Mario reclama más vacaciones en hostelería por el desgaste acumulado
Mario Bartolomé defendió en el programa Y ahora Sonsoles que un mes no basta para recuperarse de la carga física y mental de trabajar en una cafetería. “Deberíamos tener mes y medio de vacaciones al año”, afirmó al considerar descompensado el sistema respecto a otras profesiones.
El camarero aseguró que trabaja en hostelería desde los 18 años y resumió su experiencia con una frase: “He trabajado todos los festivos de mi vida”. Su reclamación no se limita al número de días reconocido, sino al momento en el que puede disfrutarlos un empleado de un sector que mantiene su actividad durante esas fechas.
La ley fija 30 días naturales y un máximo de 14 festivos
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones anuales son retribuidas, no pueden sustituirse por una compensación económica y nunca serán inferiores a 30 días naturales. Las fechas deben fijarse de común acuerdo y comunicarse al trabajador con al menos dos meses de antelación.
Cuando el cómputo se expresa únicamente en jornadas de trabajo, numerosos convenios establecen 22 días laborables. No obstante, el mínimo recogido expresamente por el Estatuto son 30 días naturales y cualquier mejora dependerá del convenio o del contrato individual.
Trabajar en festivo no convierte esos días en vacaciones adicionales
Durante el debate, el empresario hostelero Álvaro Juanes sostuvo que al mes de vacaciones se añadían 19 festivos. El régimen general previsto en el artículo 37 del Estatuto fija, sin embargo, un máximo de 14 fiestas laborales al año, dos de ellas locales, con carácter retribuido y no recuperable.
La regulación contempla que, cuando excepcionalmente no pueda disfrutarse un festivo por razones técnicas u organizativas, las horas trabajadas se abonen con un incremento mínimo del 75%, salvo que exista un descanso compensatorio. En hostelería también debe atenderse al convenio provincial o empresarial aplicable, ya que puede establecer condiciones específicas.
Mario también relató haber sufrido acoso por parte de un compañero y presiones para abandonar empleos anteriores. Juanes le animó a utilizar las vías legales y defendió que su plantilla disfruta de descansos, vacaciones y horarios pactados.
Una psicóloga propone repartir diez días de descanso cada trimestre
La psicóloga María González planteó una distribución más frecuente del descanso. Según explicó durante el programa, los beneficios físicos y mentales comienzan a apreciarse a partir del séptimo día y sería recomendable disponer de unos diez días libres cada tres meses, en lugar de concentrar casi todas las vacaciones en verano.
Su propuesta no modifica la legislación vigente, pero incorpora al debate la recuperación real de quienes trabajan en profesiones con una elevada carga estacional. La reclamación de Mario plantea una cuestión que supera el simple recuento de días: la posibilidad de desconectar cuando el sector mantiene abiertos sus negocios.
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