Condenada una empresa gallega a indemnizar con 53.766 euros a una trabajadora por obligarla a fichar con reconocimiento facial: es ilegal si no es imprescindible

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 4 de febrero de 2026 a las 13:59
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Mujer siendo analizada mediante reconocimiento facial para el control horario laboral en una empresa

La sentencia da la razón a una trabajadora obligada a registrar su jornada mediante reconocimiento facial, pese a existir alternativas menos intrusivas. El tribunal recuerda que este tipo de controles biométricos solo se justifican cuando resultan imprescindibles.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado a una empresa a indemnizar con 53.766 euros a una empleada sometida a reconocimiento facial para el control horario, cuando había otros métodos disponibles con menor impacto en sus derechos. La resolución señala que el fichaje mediante reconocimiento facial supone una injerencia ilegítima en derechos fundamentales si no se demuestra que es imprescindible, especialmente cuando existen vías alternativas para registrar la jornada.

El control horario con reconocimiento facial queda bajo la lupa por vulnerar derechos fundamentales

El conflicto se originó tras la implantación de un sistema de control horario basado en biometría. La trabajadora cuestionó que se recurriera al reconocimiento facial como fórmula de registro, en un contexto en el que podían aplicarse opciones menos intrusivas. Dado lo anterior, el tribunal pone el foco en que la digitalización del control horario no puede hacerse de forma automática a costa de los derechos del personal, si hay medidas que permiten el mismo objetivo con menor afectación.

Zeres Abogados llevó el caso y defendió alternativas frente al fichaje biométrico

La empleada estuvo representada por el despacho laboralista, que sostuvo que la modernización del registro de jornada no debe sacrificar garantías básicas de los trabajadores. En esa línea, Gabriel González, graduado social que actuó en el procedimiento, destacó que «La sentencia refuerza los límites al uso de las tecnologías biométricas en el ámbito laboral».

Indemnización de 53.766 euros, extinción indemnizada y daños morales por el control facial

El fallo fija que, como consecuencia del uso ilegítimo de estos controles, la trabajadora deberá ser despedida con una indemnización de 46.266 euros, a la que se suma una compensación de 7.500 euros por daños morales. La sentencia añade que el reconocimiento facial debe cumplir las exigencias legales que prohíben el tratamiento de datos personales salvo que se den ciertas condiciones, como el consentimiento expreso de la persona afectada o la necesidad de recurrir a esa tecnología.

Por este motivo, la sala recalca que «Existían otros medios para el registro de la jornada y el cumplimiento del horario sin injerencia en los derechos fundamentales», entre ellos el control mediante una tarjeta de la propia empresa. Además, no se limita a apreciar la irregularidad: califica la conducta como un incumplimiento laboral grave del Estatuto de los Trabajadores, lo que justifica la extinción indemnizada del contrato a instancia de la empleada.

Impacto de la sentencia en el uso empresarial de datos biométricos en la jornada

La resolución refuerza la idea de que el uso de herramientas biométricas en el trabajo exige una justificación sólida y no puede imponerse si hay alternativas menos intrusivas disponibles. En adelante, el mensaje es claro: si una empresa recurre a tecnologías como el reconocimiento facial para controlar la jornada, deberá acreditar que cumple las condiciones exigidas y que no existía otra opción con menor afectación para los derechos de la plantilla.

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Israel Garcia

Redactor de noticias con más de 10 años de experiencia en distintos medios, especializado en sentencias laborales, contenidos virales y de interés humano, así como en prestaciones del Estado (pensiones, ayudas y subsidios). Me dedico a investigar y explicar la actualidad con un enfoque claro y cercano, para que la información que recibes sea útil, comprensible y siempre al día.

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