Golpe del Supremo a las empresas: no podrán exigir certificados médicos extra a los trabajadores por acudir a la sanidad privada

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 30 de abril de 2026 a las 18:19
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Supremo prohíbe a empresas exigir certificados médicos extra en sanidad privada
La sentencia 116/2026, dictada el 3 de febrero, deja claro que el permiso laboral para ir al médico previsto en convenio también se mantiene cuando la atención se presta en un centro privado, siempre que la prestación forme parte de la cartera de servicios del sistema sanitario público. Además, el tribunal avisa de que pedir ciertos documentos puede suponer un acceso indebido a datos de salud.

El Tribunal Supremo ha puesto límite a una práctica cada vez más habitual en algunas empresas: exigir documentación adicional a los trabajadores cuando acuden a la sanidad privada. La Sala de lo Social concluye que no se pueden imponer requisitos extra si el convenio colectivo no los contempla.

El Tribunal Supremo aclara cuándo se puede pedir permiso para ir al médico privado

El caso parte de una demanda de conflicto colectivo presentada por un trabajador de la Corporación Radio y Televisión de Galicia, SA (CRTVG), con representación letrada de USO Galicia. La empresa exigía, cuando la consulta era en la sanidad privada, una declaración del facultativo para acreditar que la prestación estaba incluida en la cartera de servicios pública o que solo podía realizarse en ese horario.

¿Qué se discutía realmente? Si la empresa podía añadir esa condición aunque el convenio, en su artículo 40.1.20, reconociera el permiso de asistencia al médico.

Clave del conflictoCriterio fijado por el Supremo
Tipo de centroEl permiso se reconoce tanto en la sanidad pública como en la privada
Documento adicionalNo puede exigirse si el convenio no lo prevé
Prestación sanitariaDebe estar vinculada a la cartera de servicios del sistema público

Con este punto de partida, el Supremo avala la interpretación del TSXG, que ya había dado la razón a la parte trabajadora. La empresa recurrió en casación para la unificación de doctrina, pero la Sala rechaza sus argumentos y considera que la práctica no es ajustada a derecho.

La empresa no puede imponer más requisitos ni pedir datos sanitarios protegidos

El razonamiento del tribunal es claro. Si la propia empresa reconoce que no pide esa declaración cuando la asistencia se presta en un centro público, tampoco puede reclamarla cuando la visita se produce en uno privado. Ojo, aquí está una de las claves del fallo.

Antes de seguir, conviene quedarse con estas ideas:

  • El médico privado es ajeno a la relación laboral.
  • No se le puede exigir que emita valoraciones jurídicas u organizativas.
  • Sus obligaciones documentales se limitan a lo previsto en los artículos 22 y 23 de la Ley 41/2002.

Por tanto, ese profesional no tiene que pronunciarse sobre si la prestación está o no dentro de la cartera pública ni sobre si la cita podía haberse fijado fuera de la jornada laboral. Además, la Sala subraya que esa información tiene carácter sanitario, puede ser un dato especialmente protegido según el artículo 9.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y forma parte de la documentación clínica regulada por la Ley 41/2002.

Qué efectos puede tener esta sentencia para otros trabajadores con convenios similares

La decisión del Supremo va más allá del caso de CRTVG. En la práctica, abre la puerta a que trabajadores de otros sectores, con convenios que reconozcan el derecho a acudir al médico durante la jornada laboral, cuestionen exigencias empresariales de documentos adicionales sin respaldo legal.

¿Qué cambia a partir de ahora? Que las empresas no pueden añadir por su cuenta condiciones que el convenio no recoge, especialmente si esas exigencias pueden afectar a la protección de datos sanitarios. Dicho de forma sencilla: no vale pedir más papeles porque sí.

El fallo delimita hasta dónde pueden llegar las empresas en el control de permisos y refuerza la protección de la intimidad del trabajador en el ámbito sanitario. En esa misma línea, en nuestra sección de actualidad y sentencias laborales analizamos otros fallos judiciales, conflictos laborales y criterios que marcan la interpretación de los derechos laborales.

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Israel Garcia

Redactor de noticias con más de 10 años de experiencia en distintos medios, especializado en sentencias laborales, contenidos virales y de interés humano, así como en prestaciones del Estado (pensiones, ayudas y subsidios). Me dedico a investigar y explicar la actualidad con un enfoque claro y cercano, para que la información que recibes sea útil, comprensible y siempre al día.

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