Una trabajadora de Mercadona ha perdido definitivamente su empleo después de que el Tribunal Supremo avalara su despido disciplinario. La empleada estaba de baja por ansiedad cuando recibió la carta de despido, pero los jueces han concluido que la medida fue proporcionada al quedar acreditada la descarga de 185 archivos confidenciales en una memoria USB personal.
La baja por ansiedad no impidió que el despido fuera declarado procedente
El caso comenzó en abril de 2023, cuando la trabajadora descargó documentación interna desde el sistema de almacenamiento corporativo de Mercadona. Según recoge la sentencia STS 1916/2026, esos archivos fueron copiados posteriormente en un dispositivo externo de su propiedad.
Días después, el 28 de abril, inició una baja médica por trastorno adaptativo con ansiedad. La incapacidad temporal se prolongó durante varios meses, pero el 6 de junio de 2023 la empresa le comunicó el despido disciplinario.
¿Puede una baja médica convertir automáticamente un despido en nulo? En este caso, los tribunales entendieron que no, ya que la empresa justificó la decisión en la descarga y copia de documentación confidencial.
La evolución del caso fue la siguiente:
| Fecha o fase | Hecho relevante |
|---|---|
| Abril de 2023 | Descarga de 185 archivos internos de Mercadona |
| 28 de abril de 2023 | Inicio de la baja médica por ansiedad |
| 6 de junio de 2023 | Comunicación del despido disciplinario |
| Fase judicial | El despido fue declarado procedente |
| Tribunal Supremo | La sentencia quedó firme |
Y ojo, porque el detalle del USB fue clave para el resultado final.
Los 185 archivos confidenciales copiados en un USB fueron clave para el fallo
Mercadona acusó a la trabajadora de acceder a documentación que no necesitaba para desempeñar sus funciones. Además, la empresa sostuvo que había incumplido las obligaciones de confidencialidad firmadas años antes dentro del código de buena conducta.
Entre los archivos copiados figuraban documentos internos de distinta naturaleza:
- Informes internos y semanales.
- Organigramas y vídeos de formación.
- Datos relacionados con nóminas, alquileres y compras de inmuebles.
- Documentación de gestión interna de la compañía.
Para la empresa, esta actuación rompía la confianza depositada en una empleada con más de 15 años de antigüedad y con un puesto de responsabilidad. De ahí que optara por el despido disciplinario.
Por qué el Supremo rechazó la nulidad solicitada por la trabajadora
La trabajadora defendió durante el procedimiento que el despido vulneraba sus derechos fundamentales. Alegó trato vejatorio, discriminación relacionada con su situación médica y acceso indebido a dispositivos digitales vinculados a ella. Por ese motivo, pidió que el despido fuera declarado nulo por discriminación por enfermedad.
También sostuvo que la sanción era desproporcionada. No obstante, el Juzgado de lo Social número 1 de Valencia y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana rechazaron sus argumentos y declararon procedente el despido.
El caso llegó después al Tribunal Supremo mediante un recurso de unificación de doctrina. La empleada intentó apoyarse en otra sentencia relacionada con Mercadona en la que sí se había declarado nulo un despido. Pero el alto tribunal consideró que ambos casos eran distintos.
En aquel otro procedimiento no se pudo demostrar un uso indebido de la información ni un beneficio personal del trabajador, y además existían indicios de discriminación por edad. En este caso, en cambio, quedó acreditada la extracción de 185 archivos confidenciales y su copia en un USB personal.
Por todo ello, el Supremo concluyó que el despido fue proporcionado y ajustado a derecho. La sentencia ya es firme.







