El Supremo obliga a una conocida cadena de hamburgueserias a devolver el día de asuntos propios de sus trabajadores

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Publicado por Israel Garcia
Fecha de publicación: 23 de abril de 2026 a las 07:00
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Interior de un restaurante de hamburgueserías tras la sentencia del Tribunal Supremo sobre el día de asuntos propios de los trabajadores.
Los trabajadores de Burger King en Alicante con antigüedad anterior a junio de 2013 conservarán el derecho a un día de permiso retribuido por asuntos propios. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y da la razón a la demanda presentada por UGT.

El conflicto enfrentaba a Burger King Spain con una parte de su plantilla en Alicante por la supresión de un permiso que los empleados venían disfrutando desde hacía años. La disputa no surgió por una mejora nueva, sino por la retirada de un derecho que la empresa había mantenido en la práctica pese a que sus convenios posteriores no lo recogían expresamente. Este caso se suma a otros conflictos laborales recientes dentro de la compañía, como ocurrió con el despido de una empleada por cuidar a su hijo, un episodio que también acabó generando debate sobre las condiciones laborales en la cadena.

El conflicto de Burger King en Alicante por el día de asuntos propios

Los trabajadores afectados se beneficiaban de un día de asuntos propios por aplicación del convenio colectivo de la Hostelería de la provincia de Alicante. Después, aunque el nuevo convenio colectivo de la propia empresa ya no contemplaba ese permiso, Burger King siguió concediéndolo.

La situación cambió con la entrada en vigor del convenio colectivo sectorial estatal de marcas de restauración moderna, aplicable a la cadena. Fue entonces cuando la empresa dejó de reconocer ese día de permiso, lo que llevó a la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Alicante a presentar una demanda.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en una sentencia de 22 de mayo de 2024, declaró el derecho de los trabajadores de Burger King en Alicante con antigüedad anterior a junio de 2013 a seguir disfrutando de ese día de asuntos propios. Ahora, el Supremo ha reafirmado esa decisión.

El Tribunal Supremo avala que el permiso era una condición más beneficiosa

La primera sentencia ya había puesto el foco en un elemento clave: el permiso se mantuvo durante más de nueve años, aunque no apareciera en los convenios colectivos de empresa. En ese análisis, el tribunal entendió que no resultaba coherente que la empresa dejara de reconocerlo alegando que el último convenio sectorial no lo incluía, cuando los anteriores tampoco lo hacían y, aun así, se seguía concediendo.

Burger King recurrió en casación y pidió la anulación de la sentencia. Su postura era que se trataba de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y que la demanda estaba caducada, al haber transcurrido el plazo de veinte días para impugnarla.

Sin embargo, el Tribunal Supremo rechaza ese planteamiento. La resolución señala que la decisión empresarial de suprimir el día de asuntos propios “no se notificó por escrito, por lo que el cómputo del plazo de caducidad de veinte días no puede empezar a computarse”.

La sentencia del Supremo refuerza los derechos adquiridos de la plantilla

Además, el alto tribunal también descarta que la empresa pudiera eliminar ese derecho por decisión propia. En este sentido, recuerda que “El error del recurso es considerar que una condición más beneficiosa no existe cuando la empresa manifiesta ‘su voluntad de no seguir reconociendo (el) derecho’ al día de asuntos propios”.

La sentencia va más allá y subraya que ese derecho nació porque los trabajadores lo disfrutaron pacíficamente durante más de nueve años. Por este motivo, concluye que esa condición más beneficiosa no puede suprimirse por la mera voluntad empresarial.

Con esta decisión, el Supremo cierra el conflicto y consolida el derecho de los trabajadores afectados a mantener ese permiso retribuido por asuntos propios en Burger King Alicante.

La sentencia refuerza la importancia de los derechos adquiridos en el ámbito laboral y recuerda que determinadas prácticas empresariales pueden consolidarse como condiciones de trabajo. Este tipo de decisiones también las seguimos en nuestra sección de actualidad y sentencias laborales, donde analizamos fallos judiciales, criterios de los tribunales y conflictos que afectan a trabajadores y empresas.

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Israel Garcia

Redactor de noticias con más de 10 años de experiencia en distintos medios, especializado en sentencias laborales, contenidos virales y de interés humano, así como en prestaciones del Estado (pensiones, ayudas y subsidios). Me dedico a investigar y explicar la actualidad con un enfoque claro y cercano, para que la información que recibes sea útil, comprensible y siempre al día.

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